Nombre del Trámite | INSCRIPCIÓN DEL MENOR DE EDAD |
Objetivo del Trámite | Para niñas, niños y adolescentes hasta antes de cumplir los diecisiete (17) años de edad. |
Documentos a Presentar | 1 | Ficha Registral, suscrita por el declarante con carácter de Declaración Jurada.
| 2 | Copia certificada del Acta de Nacimiento expedida por el Registro del Estado Civil. (*)(**) | 3 | Exhibir el DNI del declarante; en caso de extranjeros exhibir el Carné de Extranjería o presentar copia simple del Pasaporte o Cédula de Identidad. | 4 | La existencia de la dirección declarada se acredita conforme a lo señalado en el Anexo Nº 3 | 5 | Una fotografía actual que cumpla los requisitos del Anexo N° 1 | 6 | Recibo de Pago por Derechos Administrativos. | 7 | - Para los casos de recién nacidos hasta antes de los ocho (8) meses de edad, se tomará la impresión de la planta de los pies del menor de edad en la ficha pelmatoscópica establecida.
-El grado de instrucción se acredita de acuerdo con los requisitos del Anexo N° 4
- No sera necesario exhibir el recibo de servicio público en los casos que el domicilio del menor sea el mismo que el domicilio consignado en el DNI del declarante.
* No será necesario presentar la Copia Certificada del Acta de Nacimiento cuando ésta se encuentra en el Sistema de Registros Civiles del RENIEC.
** Opcionalmente, en caso de no contar con la Copia Certificada de Acta de Nacimiento, el ciudadano podrá presentar una declaración Jurada de Existencia de Acta, según Anexo N° 22
- La lista de las Oficinas de Registros del Estado Civil, que pertenecen al RENIEC, figura en la página web. |
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Pasos a seguir | 1 | El padre o la madre se presentan con el menor y con los requisitos en una Agencia RENIEC |
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Donde se realiza el trámite | |
Costo Costo UIT S./ 4050 | S/. 16,00 Soles (0.40% UIT) |
Calificación | Silencio Negativo - 30 días
Cuando transcurrido el plazo la institución no ha emitido un pronunciamiento expreso al trámite o servicio solicitado, este se da como denegado, quedando el ciudadano en posibilidad de presentar el recurso Administrativo correspondiente. |
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Inicio del Trámite | Oficina Registral RENIEC o Agencias RENIEC |
Unidad que evalúa el trámite | Sub Gerente de Procesamiento de Identificación |
Informes sobre el estado del Trámite | Agencias RENIEC Aló RENIEC 0800-11-040 Página Web (www.reniec.gob.pe) Por correo electrónico: consultas@reniec.gob.pe |
Instancia que resuelve el Trámite | Sub Gerente de Procesamiento de Identificación |
Instancia que resuelve recurso impugnatorio | RECONSIDERACIÓN
Sub Gerencia de Procesamiento de Identificación.
Plazo máximo para presentar el recurso: 15 días hábiles.
Plazo máximo para resolver el recurso: 30 días hábiles.
APELACIÓN
Gerencia de Registros de Identificación.
Plazo máximo para presentar el recurso: 15 días hábiles.
Plazo máximo para resolver el recurso: 30 días hábiles. |
Base Legal | Ley N° 26497 Ley Orgánica del RENIEC Literal g) y l) del Art.7º, Art. 27°, Art. 31° y Art. 32 .
Fecha de publicación: 12.07.95
Decreto Supremo N° 015-98-PCM Reglamento de Inscripciones Artículo 85°, 87° y 90° Fecha de publicación: 25.04.98
Decreto Legislativo N° 1246
"Que aprueba diversas medidas de simplificación Administrativa"
Numeral 3.2 del Art. 3° y Art. 5°.
Fecha de Publicación: 10-11-2016.
"Decreto Legislativo N° 1310
"Que aprueba diversas medidas adicionales de simplificación Administrativa"
Cuarta Disposición Complementaria Final.
Fecha de Publicación: 30-12-2016"
"Decreto Supremo N° 006-2017-JUS
"Que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General"
Numeral 33.3 del Art. 33°, Num.46.1.5 del Art. 46°, Num. 47.1.1 del Art. 47.
Fecha de Publicación: 20-03-2017"
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Observaciones | Sin Observaciones
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